FELICES FIESTAS, CON EL P. JAIME PONS (+) ,EN PUERTO DE SAGUNTO.
Buenos días amigos: Se adjunta el Boletín 231 y la Revista «Encuentros» Nº 7.
NOTA Para los que hemos trabajado en banca: El Tribunal Supremo acaba de publicar la Sentencia 707/2023 de fecha 28 de febrero de 2023 donde determina que las aportaciones/cotizaciones realizadas a la Mutualidad Laboral de Banca a partir del 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que resulta procedente la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas.
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